03-02-2012
Atención al aparcamiento de su vehículo en lugares susceptibles de ser retirado por la grúa municipal, como vados permanentes, reservados para carga y descarga, para minusválidos, etc.
Las tasas por la prestación del servicio de retirada de vehículos de la vía pública y custodia de los mismos: Servicio Grúa Municipal, recogidas en la Ordenanza Reguladora de las Tasas por diversas actividades administrativas y ocupaciones privativas o aprovechamientos especiales del dominio público local, son las siguientes:
Las tasas por la prestación del servicio de retirada de vehículos de la vía pública y custodia de los mismos: Servicio Grúa Municipal, recogidas en la Ordenanza Reguladora de las Tasas por diversas actividades administrativas y ocupaciones privativas o aprovechamientos especiales del dominio público local, son las siguientes:
A) Retirada de vehículos (por cada servicio)
- A.1 Por cada motocicleta, triciclo, motocarro, ciclomotor y demás de similares características: 100,00 euros
- A.2 Por cada turismo, camión, remolque furgoneta y demás vehículos de similares características cuyo peso máximo autorizado no exceda de 3.500 kg.: 100,00 euros
- A.3 Por cada camión, autobús, tractor remolque, camioneta, furgoneta y demás vehículos similares cuyo peso máximo autorizado exceda de 3.500 kg.: 118,00 euros
B) Depósito y custodia (a partir de las cero horas del día siguientes a aquel en que se produzca la retirada del vehículo, por cada día o fracción)
- B.1 Por cada vehículo incluido en el apartado A.1: 7,00 euros
- B.2 Por cada vehículo incluido en el apartado A.2: 12,00 euros
- B.3 Por cada vehículo incluido en el apartado A.3: 38,00 euros
C) Cuando no se haya producido la retirada efectiva del vehículo (antes de encontrarse sobre la plataforma de la grúa), y desde el momento en que el policía correspondiente dé el aviso de intervención de la grúa para la retirada del vehículo, las tasas reseñadas en el apartado A), serán reducidas en un 50%, considerándose por retirada del vehículo cuando el mismo se encuentre sobre la plataforma de la grúa.
Se considerará falta grave y dará lugar a la retirada del vehículo de la vía pública y su depósito, entre otros casos, los siguientes: parar o estacionar en zonas reservadas para minusválidos, en zonas reservadas de carga y descarga, aceras, vados permanentes, doble fila, pasos de peatones, así como el estacionamiento o parada en zonas que constituyan peligro u obstaculicen gravemente la circulación, además se sancionará con 200 euros.
En cuanto a la Ordenanza Reguladora de las tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos y en lo que respecta a la Policía Local los importes son las siguientes:
Se considerará falta grave y dará lugar a la retirada del vehículo de la vía pública y su depósito, entre otros casos, los siguientes: parar o estacionar en zonas reservadas para minusválidos, en zonas reservadas de carga y descarga, aceras, vados permanentes, doble fila, pasos de peatones, así como el estacionamiento o parada en zonas que constituyan peligro u obstaculicen gravemente la circulación, además se sancionará con 200 euros.
En cuanto a la Ordenanza Reguladora de las tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos y en lo que respecta a la Policía Local los importes son las siguientes:
- Certificado sobre señales o situaciones de tráfico y demás informes policiales: 36,36 euros
- Tarjetas de armas: 9,33 euros
- Informes Policía Local relativos a accidentes de tráfico y otros a instancia de particulares: 36,36 euros
Desde la Policía Local de Cehegín se recomienda a todos los conductores que respeten y cumplan todas las normas de Circulación, además de evitar desplazamientos innecesarios que, en muchos casos, se pueden hacer andando; contribuyendo con ello, a un ahorro de combustible, evitar posibles denuncias, a reducir el tráfico, y así hacer de Cehegín una ciudad más limpia y habitable.
